¿Quién se responsabiliza cuando un perro muerde o ataca a alguien?

Un perro puede agredir por muchas causas, desde un simple accidente jugando a quitarle un juguete de la boca, hasta animales con experiencias traumáticas que se ha criado en ambientes violentos o que hayan tenido una buena sociabilización.   Normalmente, suele suceder cuando un perro se siente amenazado o algunos canes protectores perciben que van a agredir a sus familias o invadir su territorio.

Como amantes de los animales, antes de acariciar a un perro debemos preguntar a su dueño, hay que evitar hacerlo por detrás y seguir las indicaciones del propietario. En ocasiones, el animal puede necesitar tiempo para coger confianza, seguramente tenga que olfatearte antes de dejarse tocar y que un día nos hayan dado permiso no significa que tengamos barra libre de caricias, tenemos que preguntar puesto que puede tener un mal día o estar especialmente sensible por algo.  Tenemos que ser respetuosos con las indicaciones del dueño y respetar su decisión si no quieren que nos acerquemos.

La ley señala al dueño

La responsabilidad recae al completo en el propietario, que es el responsable de los actos de un perro y sus consecuencias. Si éste ataca o muerde, será el propietario quien tenga que hacerse cargo en la mayoría de las ocasiones. Si se cumple la normativa, aumentan las posibilidades de atenuar la sanción y existen algunas excepciones en las que la responsabilidad no recaería en el dueño.

El Código Civil especifica en el Artículo 1905 lo siguiente: “El poseedor de un animal, o el que sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.

Causas de exoneración

Existen algunas excepciones, no muy frecuentes, en las que el dueño no deberá hacerse cargo de las consecuencias de que el can ataque a otros animales o personas:

  • Casos de fuerza mayor: el dueño no tendrá responsabilidad en el caso de que la agresión sea debido a una causa que se escape de su control como un incendio o un terremoto. Por ejemplo, que un rayo rompa el cercado, el perro se escape alterado por el estruendo y muerda a alguien. Son casos raros y poco comunes.
  • Culpa exclusiva de la víctima: esto podría suceder cuando, estando correctamente señalizado que hay un can en una finca, un viandante decide traspasar la verja con la mano para acariciarlo y este le muerde. También podría ser un individuo que decide quitarle el bozal a un perro sin consentimiento del dueño.
  • Concurrencia de culpa: aunque en este caso no se exime de responsabilidad al dueño, sí se reduciría la pena. Por ejemplo, en el caso de que una persona que acude a reparar un electrodoméstico por segunda vez y decide entra sin avisar, aún a sabiendas de que hay un perro en la casa.
  • Hecho de un tercero: No es el dueño, sino otra persona la que comete la imprudencia o el error. Por ejemplo, es otra persona la que deja el animal suelto o a la que se le escapa. Esto también aplica si el propietario deja el animal en manos de una tercera persona, esta será quien asuma las consecuencias en caso de que suceda un accidente durante ese periodo de tiempo.

Vacunas al día, microchip y correa

La víctima de agresión de un can, si denuncia, recibirá la cantidad estipulada para compensar posibles lesiones físicas y las consecuencias psicológicas que pudieran surgir a raíz del suceso. Se necesitan pruebas que demuestren que esto ha pasado tal como se dice y un informe médico que respalde la versión de la víctima.

La pena podría incrementarse si no se tiene al animal en las condiciones adecuadas, es decir, la cartilla de vacunación al día, el microchip de identificación y el perro correctamente ataviado con la correa y si se trata de una raza considerada potencialmente peligrosa con arnés, una correa fija de menos de dos metros y el bozal.

Es obligatorio, además, tener un seguro de responsabilidad civil que se haga cargo de las posibles indemnizaciones y perjuicios que el perro puede causar. Este seguro es obligatorio para todos los perros, independientemente de edad y raza. En el caso de PPP, este seguro obligatorio tiene una cobertura superior.

Perros potencialmente peligrosos

Hay casos como los de los perros catalogados como potencialmente peligros con los que hay que extremar las medidas. Estos perros son considerados como potencialmente peligrosos porque su tipo de mordida puede ser muy grave, por sus características físicas como la musculatura y por su actitud. Entre estas razas en España están: Akita Inu, Tosa Inu, , Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Rottweiler, American Staffordshire Terrier, Staffordshire Terrier y Pit Bull Terrier.

También es catalogado como potencialmente peligroso un perro que ha realizado una agresión, sea cual sea su raza.

Tipos de infracciones

Pueden ser consideradas muy graves, graves o leves. Son consideradas muy graves cuando se ha abandonado al perro, cuando se ha producido una venta ilegal o a una persona sin licencia, también cuando se le ha adiestrado para ser agresivo o incluso han participado en concursos o espectáculos violentos.

Entre las infracciones graves, por ejemplo, estaría la falta de identificación. Las leves son infracciones generalmente accidentales. La cuantía económica de la sanción varía en las leves de 60 a 600 euros, las graves desde 600 a 3.000 euros y las muy graves ascienden a más de 3.000 llegando hasta los 100.000 euros. A esto hay que sumarle la responsabilidad civil de la persona y su obligación de hacer frente a la indemnización que pudiera resultar de la valoración de los daños.

En la mayoría de los casos, como hemos explicado, la responsabilidad es del dueño, por eso recomendamos ser conscientes del estado de ánimo de nuestras mascotas, observar su comportamiento y actuar en consecuencia. Siempre hay que llevar al animal como dicta la ley y prevenir si es un animal que pueda morder avisando o señalizando si es posible.

 

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