El proceso de adopción de mascotas no es muy complejo si se tienen las cosas claras y si quien vaya a proceder con ello tiene las condiciones necesarias, estando dispuesto a asumir la responsabilidad y las consecuencias para lo bueno y para lo malo de convivir con ellas.
Los beneficios que aportan los animales de compañía a las personas son bastantes y tienen un impacto directo en la salud y el bienestar de las personas. Es aquí en el sector sanitario donde nuestros compañeros de cuatro patas han demostrado ser también una pieza clave para el avance y el continuo desarrollo de la medicina humana. La salud humana y animal son interdependientes y están vinculadas a los ecosistemas en los que coexisten. Por ejemplo, hay enfermedades zoonósicas, se transmiten entre animales y personas, que mediante una correcta prevención tanto en personas como en animales podrían controlarse de forma mucho más efectiva.
También, debemos ser conscientes de que existen situaciones en las que debemos preocuparnos más por nuestros peludos y estar preparados para asumir los gastos que supone el cuidado de su salud, su alimentación y el mantenimiento de la higiene y el pelo. Por ello, los factores económicos o las enfermedades nunca deberían ser causa para el abandono, al igual que ninguna otra razón o motivo.
Desde AMVAC siempre recomendamos que quienes estén pensando en adoptar se informen previa y correctamente de la responsabilidad, en todos los sentidos, que van a asumir.
Por ello, ponemos a disposición de los lectores los links de entidades oficiales en los que pueden encontrar la información necesaria sobre este procedimiento:
- Guía para una Tenencia Responsable de Animales de Compañía, implementada por la Dirección General de los Animales, departamento perteneciente al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
- Recomendaciones al adoptante de perros; gatos; conejos. Estas guías han sido desarrolladas por el y Madrid Salud.
- Asimismo, también habría que consultar las informaciones disponibles en cada Comunidad Autónoma y Ayuntamiento. Respectivamente, la Comunidad de Madrid cuenta con su propio Centro Integral de Acogida de Animales de Compañía (CIAAM) y una app para móviles a través de la cual los adoptantes pueden iniciar el proceso de adopción.
No obstante, queremos desglosar cómo es el procedimiento general de adopción cuando se hace mediante asociaciones, centros o protectoras de animales y qué es lo que estipula la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid en materia de adopción. ¡Empezamos!
¿Dónde adoptar?
Actualmente, existen varias asociaciones y protectoras de animales a las que las personas pueden recurrir y que son las encargadas de recoger o recibir a los perros abandonados o perdidos. Encontrarlas no supondrá un problema. Según el apartado 1 del artículo 21 de la ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, que trata el destino de animales extraviados, abandonados y vagabundos, los ayuntamientos pondrán en marcha medidas para el fomento de adopción de animales que hayan sido víctimas de estas situaciones, así como la divulgación de la adopción responsable es aclarada en el apartado 2 del mismo artículo.
¿Cuándo pueden ser entregados en adopción los animales?
Según el origen o la causa por la que ingresen en el centro de acogida (extraviados, abandonados y vagabundos) la ley baraja una serie de plazos:
- Extraviados: El apartado 5 del artículo 21 de la Ley 4/2016 dice que a partir del momento en el que un animal extraviado ingrese en el centro de acogida “su propietario, persona autorizada por este, deberá recogerlo en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la recepción de la notificación”. “Transcurrido el citado plazo sin que se haya recuperado el animal extraviado, este podrá ser dado en adopción tan pronto como el veterinario responsable del centro determine las condiciones para ello”, se puede leer en la legislación vigente.
- Abandonados y vagabundos: en este caso, el apartado 6 del artículo 21, establece que los animales que ingresen bajo esta condición podrán ser entregados en adopción en cuanto el veterinario dé la aprobación de que cumple con los requisitos necesarios.
Proceso con la asociación, protectora, centro o albergue
El primer paso de todos será informarse y localizar la asociación, protectora o albergue. Posteriormente, ponerse en contacto con ellos y transmitirles tus objetivos y necesidades. Antes de la visita al lugar donde se encuentran las mascotas, que esperan por una segunda oportunidad para tener una familia, se hará una entrevista al candidato para analizar su perfil e intentar encontrar el perro (más activo, menos nervioso, más grande, más pequeño…) que más se acople a las características de lo recogido en la entrevista (tamaño del piso, si es una familia, una persona sola, situación laboral…).
Desde el centro te propondrán la mascota que más se ajuste a ti, no obstante, cuando llegue el momento de la visita al centro de adopción también las podrás ver, preguntar, sentir de cerca aquello que te transmiten y decantarte así por otro que creas que encaja con lo que tú puedes ofrecer y asumir.
Es importante que quien o quienes vayan a adoptar se interesen por el pasado de aquellos que más les hayan gustado ya que podría ser la razón de ciertos comportamientos al principio de la convivencia. Pero no te preocupes, las personas que allí trabajan te dirán todo acerca del futuro miembro de tu familia (estado de salud, comportamiento actual, si tienen microchip o no, alimentación que deben seguir…). Lo que seguro no les puede faltar son los mimos, las caricias y el cariño de quienes en su momento no se lo dieron. Facilitarle la entrada al hogar hará que su adaptación al nuevo entorno y familia sea un mecanismo más rápido.
Asimismo, los profesionales de la asociación, protectora o albergue, probablemente, quieran entrevistar a los candidatos en el hogar para analizar y confirmar que la persona indicada reúne las condiciones que había indicado previamente y así tener la seguridad de que el bienestar del animal de compañía en su futura casa estará garantizado.
Por último, el día que se formalice la adopción puede ser que ellos te lleven la mascota al hogar para que pase unos días de prueba y ver cómo se adapta a su nuevo hogar y estilo de vida o que sea el nuevo propietario quien acuda a buscar a su nuevo miembro del agregado familiar. Si hubiera razones justificadas por las que no se adaptase la mascota, la asociación se la volvería a hacer cargo de ella.
Requisitos y documentación
Respecto a los requisitos formalmente necesarios hay que:
- Firmar documento de adopción
- DNI /NIE o pasaporte del futuro dueño
- Ser mayor de edad siempre, el adoptante, titular del animal a partir de ese momento
- Tener licencia de tenencia de PPP (perros potencialmente peligrosos) si vamos a adoptar un perro que tenga esta clasificación
Aspectos relativos al animal que la asociación debe entregar al adoptante
Salud de la mascota:
El animal de compañía deberá tener la cartilla sanitaria al día con las vacunas y las desparasitaciones. La protectora, centro o albergue deberá asimismo identificarle con microchip y dar al adoptante una información actualizada del estado sanitario del animal por si necesitase tratamiento veterinario para su salud, así como informar del coste de ese posible tratamiento al adoptante.
Respecto a la esterilización del animal, el apartado número dos del artículo 21 de la ley de protección de animales compañía de la Comunidad de Madrid especifica que si en el momento de adopción, por razones sanitarias no se pudiera llevar a cabo su esterilización el centro deberá garantizar un compromiso de esterilización en un plazo determinado.
También estipula que “los animales de compañía que estén en centros de protección animal padezcan enfermedades infecto-contagiosas o parasitarias transmisibles al hombre o a los animales, que a criterio del veterinario responsable del centro supongan un riesgo para la salud pública o la salud animal, no podrán ser entregados en adopción”.
Sobre los costes del proceso el mismo apartado recoge que: “La adopción será gratuita, si bien se podrá repercutir en el adoptante el coste de los tratamientos, la identificación y la esterilización”
Desde AMVAC creemos que es necesario fomentar y apostar por una adopción de mascotas responsable y comprometida. Los animales de compañía no son caprichos ni regalos, son seres vivos que tienen sentimientos y emociones al igual que las personas. Por ello, insistimos en la importancia de concienciar, informar y educar en los valores de la adopción y el cuidado de la salud de los animales de compañía.